El apartheid es un término afrikáner que significa separación. Es un sistema que consagra la supremacía de un grupo humano sobre otro, basándose en criterios raciales. El apartheid nació en Sudáfrica entre los años 1948 y 1990.
Según determinó el Grupo Especial de Expertos de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, los elementos constitutivos del crimen de apartheid son:
1. La política de bantustanes, crea zonas reservadas a determinados grupos raciales.
2. Reglamentos a la circulación de los africanos negros y asiáticos en las zonas urbanas.
3. La política demográfica cuyo objetivo es reducir el número de población negra, mientras se favorece la inmigración blanca.
4. El encarcelamiento y los malos tratos de los dirigentes no blancos y de los presos no blancos.
Todas estas infracciones se producen a gran escala y constituyen una práctica sistemática de discriminación con respecto a los derechos humanos.
El crimen de apartheid se encuentra recogido en:
· Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965).
· Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad (1968).
· Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid (1973).
· Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998).
Si analizamos el caso palestino se puede afirmar que la discriminación que sufre por parte de Israel, constituye crimen de apartheid. La situación del pueblo palestino es similar a la vivida en el caso sudafricano, reuniendo características específicas que se adecuan a lo establecido en por la Convención sobre el Apartheid.
Artículo II de la Convención sobre el Apartheid:
A los fines de la presente Convención, la expresión "crimen de apartheid", que incluirá las políticas y prácticas análogas de segregación y discriminación racial tal como se practican en el África meridional, denotará los siguientes actos inhumanos cometidos con el fin de instituir y mantener la denominación de un grupo racial de personas sobre cualquier otro grupo racial de personas y de oprimirlo sistemáticamente:
a) La denegación a uno o más miembros de uno o más grupos raciales del derecho a la vida y a la libertad de la persona:
i) Mediante el asesinato de miembros de uno o más grupos raciales; A través de los asesinatos colectivos las FDI eliminan activistas palestino, con la intención de sofocar los levantamientos. Estos asesinatos no sólo afectan a los objetivos, sino también a familiares o personas que en ese momento se encontraban junto a ellos.
ii) Mediante atentados graves contra la integridad física o mental, la libertad o la dignidad de los miembros de uno o más grupos raciales, o su sometimiento a torturas o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes;
· Las restricciones a la libertad de circulación atentan contra la integridad física y psíquica de las personas residentes en los territorios palestinos ocupados.
· La demolición de viviendas e infraestructuras también atentan contra la integridad física y psíquica ya que condenan a familias enteras a vivir en la pobreza y sin los servicios mínimos.
· Los malos tratos y los métodos de interrogatorio que constituyen tortura a los que se ven sometidos los palestinos mayores y menores de edad cuando son detenidos.
iii) Mediante la detención arbitraria y la prisión ilegal de los miembros de uno o más grupos raciales; Las detenciones administraciones, sin acusaciones ni juicios, pueden prolongarse por largos periodos y afectan a adultos y menores de edad.
b) La imposición deliberada a uno o más grupos raciales de condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; El cierre fronterizo de Gaza, con la consecuente restricción al movimiento de personas y de alimentos y el daño producido a la infraestructura de producción de alimentos condena a la población al hambre.
c) Cualesquiera medidas legislativas o de otro orden destinadas a impedir a uno o más grupos raciales la participación en la vida política, social, económica y cultural del país y a crear deliberadamente condiciones que impidan el pleno desarrollo de tal grupo o tales grupos, en especial denegando a los miembros de uno o más grupos raciales los derechos humanos y libertades fundamentales, entre ellos el derecho al trabajo, el derecho a formar asociaciones sindicales reconocidas, el derecho a la educación, el derecho a salir de su país y a regresar al mismo, el derecho a una nacionalidad, el derecho a la libertad de circulación y de residencia, el derecho a la libertad de opinión y de expresión y el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas; El sistema legal israelí está diseñado para favorecer a los judíos y mantener en una situación de inferioridad a los árabes palestinos. Diversas leyes israelíes impiden a los refugiados retornar y recuperar sus tierras. Las desigualdades en la asignación de recursos para educación y cultura, las limitaciones para reagrupar a familias o la falta de representación en las administraciones públicas, vulneran todos los derechos de los palestinos. Los palestinos residentes en territorios ocupados, tienen enormes dificultades para afiliarse a sindicatos o crear los suyos propios, lo que cercena sus derechos laborales y sindicales.
d) Cualesquiera medidas, incluidas las de carácter legislativo, destinadas a dividir la población según criterios raciales, creando reservas y guetos separados para los miembros de uno o más grupos 3 raciales, prohibiendo los matrimonios mixtos entre miembros de distintos grupos raciales y expropiando los bienes raíces pertenecientes a uno o más grupos raciales o a miembros de los mismos; La población judía y palestina están separadas y tienen asignados diferentes espacios físicos, con diferentes calidades en las infraestructuras. Los palestinos en Israel viven en sitios reducidos sin posibilidad de realizar mejoras, mientras que los judíos ocupan mayores extensiones de tierra, garantizadas por agencias estatales. A su vez en los territorios palestinos ocupados proliferan los asentamientos judíos que atentan contra la continuidad del territorio, donde los colonos gozan de la protección de las autoridades de Israel, aplicando su propia legislación y aprovechándose de los escasos recursos de la zona. A esto se suma los puestos de avanzada, zonas militares y reservas naturales a los que las que los palestinos tiene prohibido la entrada. Los palestinos ven limitados sus movimientos al necesitar permisos israelíes para realizar todos sus desplazamientos.
e) La explotación del trabajo de los miembros de uno o más grupos raciales, en especial sometiéndolos a trabajo forzoso; Las políticas de trabajo israelíes han reestructurado las fuerzas de trabajo palestinas al suprimir la industria palestina, establecer restricciones a la exportación y otra medidas que han acrecentado la dependencia de los territorios palestinos ocupados de Israel de la ayuda internacional. Hasta mediados de los 80 Israel hacia uso intensivo de la manos de obra palestina para trabajos asociados a la agricultura o la construcción, sujetos a condiciones laborales pésimas, y sin gozar de ningún beneficio de los que gozaban los trabajadores judíos. A partir de 1993 descendió el número de trabajadores de forma muy brusca, situación que se acentuó con la construcción del muro ya que no quedan prácticamente trabajadores palestinos.
f) La persecución de las organizaciones y personas que se oponen al apartheid privándolas de derechos y libertades fundamentales. Israel persigue y establece restricciones a aquellas personas que se oponen a este régimen de segregación, que denuncian las violaciones a los derechos humanos. Reprime también todas las manifestaciones producidas en los territorios palestinos ocupados contra el muro o la administración discriminatoria de la tierra, agua e infraestructuras.
Vistas estas vulneraciones que sufre el pueblo palestino de forma continuada podemos determinar el mismo es VICTIMA DE UN CRIMEN DE APARTHEID.
Fuente: http://acsur.org/IMG/pdf/Apartheid_contra_el_pueblo_palestino.pdf
Fuente: http://acsur.org/IMG/pdf/Apartheid_contra_el_pueblo_palestino.pdf
No hay comentarios:
Publicar un comentario